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Ordenanza que prioriza ‘mano de obra local’ busca poner freno a los abusos contra trabajadores según  DRTPE

Ordenanza que prioriza ‘mano de obra local’ busca poner freno a los abusos contra trabajadores según  DRTPE

Luego de que oficialmente entrara en vigencia la ordenanza que declara de necesidad pública priorizar la ‘mano de obra regional – local’ en la convocatoria de nuevos puestos de trabajo ante el arribo de ciudadanos extranjeros y que en caso de cometer la infracción se califica como ‘muy grave’ el despido de trabajadores peruanos, el Viceministro de Trabajo, Augusto Eguiguren, no tardó en calificar la medida como inconstitucional.

Sin embargo, el Director Regional de Trabajo, Alí León Charca, defendió la normativa impulsada desde esta región, y el siguiente paso, según indicó, será acercarse a la comprobación objetiva del tema que condujo a impulsarla. ‘Estamos seguros, de que no sólo vamos a encontrar desperfectos, vicios de mercados, que son los que hemos acusado, sino que vamos a encontrar personas necesitadas de la intervención de la autoridad trabajo que sin importar su nacionalidad tienen que hallar respaldo en el Estado y ponerle un freno al abuso en contra de sus derechos’ dijo el funcionario.

Según dejó aclarado León Charca, la Ordenanza busca la priorización de la mano de obra regional y local en la convocatoria de nuevos puestos de trabajo, más no de la contratación.

‘El Ministerio de Trabajo se equivoca cuando va a un término más allá del escenario natural, una cosa es la contratación y otra muy distinta es la convocatoria. La convocatoria es la primera fase de reclutamiento laboral, que pena que a nivel nacional no estén entendiendo eso. Y luego lo que hacemos es calificar de muy grave un subtipo de inconducta patronal consistente en el despido de trabajadores nacionales para la inmediata contratación de extranjeros. Esta situación tiene que asumirse en su real dimensión. Frente a esto lo que dice Lima es que ya existe legislación sobre esta materia, nos preguntamos cuál. Que nos muestren que normas sancionan esto y además mencionan que el despido ya está regulado en nuestro país, cuando no estamos regulando el despido sino una inconducta administrativa que debe merecer sanciones cuando se daña intereses legítimamente logrados por parte de trabajadores que son subempleados, porque ese trasvase de recursos destinados al pago de obligaciones en favor de trabajadores peruanos se convierte luego en el beneficio de 2, 3 y hasta 4 trabajadores extranjeros pero en condiciones infrahumanas’ explicó el Director Regional de Trabajo.

Al ser consultado sobre lo dicho por Viceministro de Trabajo, quien indicó que la Ordenanza es inconstitucional, aclaró que el único órgano que puede declararla así es el Tribunal Constitucional, previo proceso.

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