Desde hoy empresas no podrán llamar ni enviar mensajes para promover servicios ni productos
El Gobierno ha prohibido las llamadas, mensajes de texto y mensajes electrónicos de empresas cuya finalidad es promover servicios y productos a los usuarios que no hayan dado su consentimiento para esta práctica.
A través del decreto legislativo N° 1390, que modifica, entre otros, el artículo 58 del Código de Protección y Defensa al Consumidor.
“… los proveedores no pueden llevar a cabo prácticas que mermen de forma significativa la libertad de elección del consumidor a través de figuras como el acoso, la coacción, la influencia indebida o el dolo.
En tal sentido, están prohibidas todas aquellas prácticas comerciales que importen:
Emplear centros de llamada (call centers), sistemas de llamado telefónico, envío de mensajes de texto a celular o de mensajes electrónicos masivos para promover productos y servicios, así como prestar el servicio de telemercadeo, a todos aquellos números telefónicos y direcciones electrónicas de consumidores que no hayan brindado a los proveedores de dichos bienes y servicios su consentimiento previo, informado, expreso e inequívoco, para la utilización de esta práctica comercial. Este consentimiento puede ser revocado, en cualquier momento y conforme a la normativa que rige la protección de datos personales”.
Revisa el decreto aquí: https://bit.ly/2oI4Ftd