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Transportes pagó por trabajos inconclusos de la construcción de carretera Colcha – Ccapa en Pillpinto, generando perjuicio de casi un millón de soles

Transportes pagó por trabajos inconclusos de la construcción de carretera Colcha – Ccapa en Pillpinto, generando perjuicio de casi un millón de soles

La Contraloría General de la República detectó un perjuicio económico de S/ 915, 268.99 en contra de la Dirección Regional de Transportes y Comunicaciones de Cusco por la construcción de la carretera Colcha – Ccapa, en el distrito de Pillpinto de la provincia cusqueña de Paruro.

De acuerdo al estudio hecho por el órgano de control se detectó que algunas sub partidas del proyecto no se ejecutaron en su totalidad e identificó presunta responsabilidad administrativa y civil en 6 funcionarios y servidores de la entidad regional de la gestión 2015-2018.

Las observaciones se encuentran detalladas en el Informe de Auditoría de Cumplimiento N° 037–2018-2-5337-AC, documento que fue elevado ante la Procuraduría Pública del Gobierno Regional del Cusco, para que inicie el procedimiento administrativo sancionador y las acciones legales contra los funcionarios y servidores comprendidos en el documento.

Según la Contraloría, el sector Transportes de manera irregular pagó por trabajos de acondicionamiento de depósitos de material excedente y transporte de escombros, los mismos que no se ejecutaron en su totalidad conforme lo establecía el expediente técnico, generando un perjuicio económico de S/ 915, 268.99

Ante estas anomalías, la Contraloría recomienda poner en conocimiento del Tribunal de Contrataciones del Estado el accionar del contratista y supervisor de la obra Construcción de la Carretera Colcha – Ccapa por ser el competente de resolver ante la comisión de algunas de las infracciones previstas en la Ley de Contrataciones del Estado. Asimismo, disponer que los hechos observados consten en un registro a cargo de la entidad como antecedente de futuras contrataciones, a fin de evitar la recurrencia de los mismos.

Disponer al órgano encargado de las contrataciones consignar en forma clara y precisa la descripción de otras penalidades en los procedimientos de contratación que convoque la Entidad, respetando lo establecido en la normativa de contrataciones; así como, disponer que se efectúen los cálculos aplicables a la supervisión por otras penalidades al momento de ejecutar la liquidación del contrato de supervisión de la obra.

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